Una introducción a los enfoques de la interpretación y de la argumentación en el Estado Constitucional

Autores/as

Palabras clave:

lenguaje, interpretación, argumentación, Estado Constitucional, derechos humanos

Resumen

El viceprimer ministro de Turquía en 2014 señaló en un discurso “La mujer debe saber lo que está permitido y lo que no. No reirá en público. No se comportará de forma seductora y protegerá su castidad” (Calatayud 2014) en sus declaraciones invitó a volver al Corán. En respuesta mujeres y hombres usaron las redes sociales para protestar y reírse de su mandato. En este episodio encontramos el discurso de un alto funcionario del Estado, con poder para incidir en asuntos públicos, un texto religioso que se toma como justificación de un mandato y una respuesta de la comunidad a quien se dirige la recomendación, como resistencia al poder. Podríamos decir que hay una orden con base en la interpretación de un libro sagrado que colisiona con la interpretación de los derechos de los asociados. Aunque este discurso no constituya una norma jurídica, sospechamos que muchas normas jurídicas se construyen con base en dichas lecturas del mundo y no de forma neutral y desinteresada.

Este episodio recuerda la relevancia de problematizar alrededor del lenguaje, la interpretación y la argumentación como procesos que se entrecruzan a la hora de abordar la forma en que se sustentan decisiones vinculantes en las comunidades jurídicas. Las sociedades modernas, organizadas en distintas formas de Estado, tejen relaciones sociales que están mediadas por el derecho. En ese sentido podemos pensar que habitamos una gran comunidad jurídica de hablantes, que actuamos y entablamos relaciones con los otros, algunas de esas acciones y relaciones tienen consecuencias jurídicas, porque están reguladas con base en normas jurídicas, seamos o no conscientes de ello, pues nos guste o no, el derecho está en todas partes. Esto nos conecta con las preguntas acerca de ¿qué se interpreta?, ¿cómo y quién interpreta? y ¿con qué finalidad y efectos? Para el objeto del presente texto, pese a que se entienda de forma general que interpretar es un proceso que busca dar sentido a fuentes de información —objetos, hechos y fenómenos—, nos limitaremos a la interpretación de aquellas fuentes que se entrecruzan con lo jurídico en términos modernos, es decir a la interpretación aplicada al derecho como disciplina, sus fuentes y objetos de regulación. En ese sentido se parte de que interpretar lo que el Corán dice sobre la risa, es un asunto que le interesa a los teólogos, pero cuando un funcionario del Estado invoca el libro sagrado para justificar un mandato que puede desembocar en una consecuencia jurídica, no es el Corán como objeto o fuente de información lo que nos interesa interpretar, es el discurso del funcionario como un hecho, si este mandato está o no dentro de los límites de su competencia, si ha sido justificado o no a partir de las consideraciones jurídicas de ese Estado.

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Publicado

2024-07-01

Cómo citar

Pabón Mantilla, A. P. (2024). Una introducción a los enfoques de la interpretación y de la argumentación en el Estado Constitucional. Revista Internacional & Comparada de Derechos Humanos, 7(2), 273-300. https://revistas.uadec.mx/ICDH/article/view/474